Reforma laboral en Colombia: ¿será necesaria una hoja de vida para trabajar como repartidor en Rappi o conductor de Uber?

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Mayo, 2023

El Gremio que representa las plataformas digitales en Colombia advierte sobre posibles repercusiones negativas de la reforma laboral para los trabajadores de este sector.

Recientemente, se dio a conocer la ponencia en favor del proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno colombiano, un esfuerzo liderado por la ministra de trabajo, Gloria Inés Ramírez. Esta noticia generó varias reacciones, especialmente de inconformidad, dentro del gremio que representa a las plataformas digitales en el país.


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El gremio expresó su preocupación sobre varios aspectos de la reforma, destacando uno en particular: el cambio que contempla el borrador de la primera ponencia de esta iniciativa legislativa. Este cambio propone que los trabajadores de plataformas digitales como Uber o Rappi deberán tener una vinculación laboral directa con estas compañías. Es decir, las personas que trabajen a través de estas plataformas no serán consideradas como trabajadores independientes, como ocurre en la actualidad, sino como empleados directos de estas empresas.

En el contexto actual, las personas que trabajan a través de estas plataformas, ya sea como conductores de Uber o repartidores de Rappi, operan como trabajadores independientes, lo que les permite tener cierta flexibilidad en términos de horario y condiciones de trabajo. Sin embargo, esta propuesta de reforma laboral cambiaría esta dinámica. Al requerir una vinculación directa con las empresas, los trabajadores estarían sujetos a toda la normativa vigente de contratación laboral.

Esto significa que las empresas de plataformas digitales tendrían que cumplir con todas las obligaciones que cualquier otro empleador tiene con sus empleados, incluyendo el pago de seguridad social, cumplimiento de horarios laborales, pago de horas extras, entre otros. Esto representa un cambio drástico en la forma en que estas empresas operan actualmente, y podría tener consecuencias significativas tanto para las empresas como para los trabajadores.

Aunque hay sobre la mesa una propuesta para formalizar y cubrir con seguridad social a 120.000 repartidores, el gobierno insiste en que tienen que ser empleados. Se destruirían más de 80.000 trabajos”, advirtió José Daniel López, director ejecutivo de AlianzaIn, alianza que agrupa a las plataformas digitales del país.

Además, mencionó que forzar la “laboralidad” podría ser muy nocivo para este segmento del país, que incluye tanto a los domiciliarios, como a los conductores que se dedican al transporte de ciudadanos por medio de plataformas digitales.

“Si hay menos repartidores, 75.000 comercios dejarían de vender $1 billón cada año. Los repartidores que sobrevivan a esta reforma ganarían menos ingresos”, pronostica el líder de AlianzaIn.

¿Qué más dice la ponencia?

La ponencia se estructura en torno a 79 artículos, de los cuales 76 ya estaban presentes en el documento inicial propuesto por el Gobierno nacional. El consenso se ha logrado en 39 de estos artículos, mientras que todavía existen discrepancias en 38 de ellos, con dos de los artículos teniendo un acuerdo parcial.

Este documento final es el resultado de un extenso proceso de construcción de propuestas, y en él se abordan una serie de temas que afectan directamente las condiciones laborales de los trabajadores. Algunos de estos aspectos son:

  • Pago de horas extras: se plantea una revisión de la remuneración por el trabajo extra que excede la jornada laboral estándar.
  • Contratos de prestación de servicios: se buscan mejoras en las condiciones y los derechos de los trabajadores contratados bajo esta modalidad.
  • Definición de jornada diurna y nocturna: se propone una revisión de las horas que comprenden estas jornadas y su remuneración correspondiente.
  • Indemnizaciones más onerosas: se busca incrementar las indemnizaciones para desalentar los despidos injustificados en las empresas.

Estas, entre muchas otras medidas, buscan mejorar las condiciones laborales de los colombianos y adaptar la legislación a los cambios y desafíos de la economía moderna.

En ese orden de ideas, en la ponencia se mantiene que las horas extras comiencen desde las 6 de la tarde, hora en la que termina la jornada diurna.

De acuerdo con la ministra, al ser remunerada una hora de trabajo habitual, en 4.700 pesos, y una nocturna en 6.700 pesos, los colombianos habían perdido muchos recursos desde que se aplicaron medidas que extendieron el día laboral hasta las 9 de la noche.

Por otro lado, en el proyecto original venía un pago al trabajador, despedido con causa injustificada, de 45 días de salario adicionales, si llevaba un año de trabajo. En caso en que hubiera estado vinculado más de un año le reconocían 45 días adicionales de salario, sobre los 45 básicos del literal a (es decir, los del primer año), “por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción”.

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